¿Cómo funciona la asignación de la vivienda específica?
La asignación de viviendas se realizará siguiendo riguroso orden cronológico de inscripción de las solicitudes y siempre que se cumplan todos los requisitos.
Las bases legales establecen cómo se realiza la asignación de la vivienda concreta a cada solicitud. El Concesionario, atendiendo a las preferencias de cada solicitante y a su endeudamiento permitido, se reserva el derecho de asignar la vivienda con base en el orden de criterio comercial establecido:
PRIMERO: altura, siendo orden de prioridad: 1º – Planta Baja; 2º – Planta Tercera; 3º – Planta segunda y 4º Planta primera.
SEGUNDO: orientación (siendo la orientación del salón): 1º-S; 2º-E; 3º-O; 4º-N.
TERCERO: orientación secundaria (en caso de viviendas en esquina con habitaciones con orientación distinta a la del salón): 1º-S; 2º-E; 3º-O; 4º-N.
CUARTO: superficie útil interior, priorizando las viviendas con mayor superficie útil.
QUINTO: superficie total exterior cubierta+descubierta.
SEXTO: Portal: 1º – Portal 1; 2º – Portal 2; 3º – Portal 3 (para Navalcarnero VA016); 4º – Portal 4 (para Navalcarnero VA016).
SÉPTIMO: letra
OCTAVO: renta, adjudicándose primero las de mayor renta.
NOVENO: en caso de haber viviendas que cumplan todos los requisitos, se asignarán de forma aleatoria.